En Fundación Quaes, celebramos el comienzo de las festividades con un sorteo navideño que tendrá lugar de el 20 de diciembre . Los beneficios irán destinados a los afectados por la DANA a través de la plataforma habilitada por la Generalitat Valenciana Som Solidaritat.
Consigue tu participación por solo 5 euros en la Fundación Quaes y en las Clínicas Biomédicas Ascires que se encuentran en València, Sagunto, Xàtiva, Gandia y Castellón.
¡Te esperamos!
Baúl de Navidad Gourmet 514 – Valorado en 578,18€
Original baúl con el que sorprenderás tanto por la calidad de sus productos como por la cantidad de los mismos. Destacamos la amplia bodega de primeras marcas, la variedad de dulces tradicionales y entre los embutidos el Jamón de Cebo de Campo 50% Ibérico de Huelva Altanza, entre otros artículos. Un baúl de navidad gourmet con el que sorprender.
PRIMERO: OBJETO
La presente rifa está organizada por FUNDACIÓN QUAES, con CIF G-98276959, con domicilio Social en c/Colón, nº1-5ª planta, CP 46004 de Valencia, entidad que consta inscrita en el Registro de Fundaciones estatal bajo el número 1.291.
FUNDACIÓN QUAES se constituye como la única garante de la disponibilidad de los premios y como la única obligada a la entrega de los bienes a los ganadores de la rifa.
SEGUNDO: ÁMBITO Y DURACIÓN
El ámbito territorial del sorteo es local.
La venta de los boletos se realizará:
La promoción y venta de boletos se iniciará el día posterior a la autorización de esta rifa y finalizará a las 10:00 del día 20 de diciembre de 2024. Se pondrán en circulación MIL (1.000) boletos, numerados del 0 al 1.000, ambos inclusive a razón de un número por cada boleto.
Los boletos numerados se pondrán a la venta por un importe de 5 (cinco) euros cada uno.
TERCERO: DESCRIPCIÓN DEL PREMIO
Habrá un ganador, y el premio consta de:
Principio del formulario
LOS PREMIOS OFRECIDOS EN NINGÚN CASO PODRÁN CANJEARSE POR SU VALOR ECONÓMICO.
CUARTO: PARTICIPANTES
Participarán en el sorteo todas aquellas personas mayores de edad que hayan adquirido un boleto de participación previo pago de 5 euros (5€) dentro del plazo establecido en el punto dos de estas bases.
Tienen prohibida la participación en esta rifa los menores de edad y los incapacitados legalmente.
QUINTO: SELECCIÓN DEL GANADOR
En el sorteo participarán todos aquellos boletos que hayan sido vendidos hasta las 10:00 horas del 20 de diciembre de 2024 y el ganador de cada premio se corresponderá con el número que coincida con la bola sacada en el sorteo que se retransmitirá de forma online en directo el día 20 de diciembre de 2024 a las 13h. A todos los compradores se les mandará el enlace del evento.
La publicación de los resultados del sorteo se hará pública en la web de la Fundación www.fundacionquaes.org
SEXTO: ENTREGA DE LOS PREMIOS
El derecho al cobro del premio caduca a los 90 días naturales contados desde el día siguiente a la celebración del sorteo. Si transcurridos 91 días naturales desde la fecha en que se determinen los números ganadores (20 de diciembre de 2024) no se hubiera podido entregar el premio por causas ajenas a la voluntad de la organizadora del juego, se perderá el derecho de reclamación quedando bajo la titularidad de la organizadora.
El premio se entregará en las instalaciones de la FUNDACION QUAES (Avd. Menéndez y Pelayo, 25 bajo, 46010 Valencia), previa presentación ante la organizadora del boleto original sin desperfectos en el mismo que hagan dudar de su procedencia.
No tendrán validez o serán nulos los boletos que presenten tachaduras, manipulaciones o enmiendas o que estén rotos total o parcialmente. La organización podrá esperar para la entrega del premio a que finalicen los plazos para la comunicación de la aceptación del premio a los fines de asegurar que el boleto premiado es original y no se trata de falsificación alguna.
Los premios en ningún caso podrán canjearse por su valor en dinero.
SÉPTIMO: FISCALIDAD
La Fundación, en el momento de conocer el nombre de los agraciados realizará el ingreso en la Agencia Tributaria en concepto de pago a cuenta del impuesto sobre la renta de las Personas Físicas que puedan proceder en base al valor del premio.
OCTAVO: PUBLICIDAD
La aceptación del premio por parte del ganador implica necesariamente que autoriza a la organizadora a utilizar publicitariamente su nombre e imagen en todo tipo de materiales promocionales relacionado con la rifa, tanto en prensa como en medios audiovisuales o internet según lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) del 25 de mayo de 2018.
NOVENO: ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en este sorteo supone la aceptación íntegra de las presentes bases, que serán públicas y a disposición de quien las solicite.
En caso de divergencia sobre la interpretación de estas, serán competentes para conocer de los procedimientos judiciales que puedan plantearse en su caso, los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia, renunciando expresamente los participantes a su propio fuero y domicilio.
DECIMO: POLÍTICA EN PROTECCIÓN DE DATOS
FUNDACIÓN QUAES. cumple con la normativa vigente establecida en la Ley 15/1999 de Protección de datos de carácter personal y Ley Orgánica núm. 3/2018 de 5 de diciembre. RCL 2018\1629 (LOPD) y demás legislación de aplicación.
Para la compra de boletos por internet y con carácter previo, se pone de manifiesto que, para el acceso a determinada información y contenido, el usuario deberá previamente darse de alta como tal, debiendo aceptar en la forma establecida en el mismo, de acuerdo con la LOPD, el tratamiento de sus datos personales, para poder ser incorporado a nuestro fichero.
FUNDACIÓN QUAES comunica que puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y oposición al fichero mediante el envío por correo electrónico de su solicitud por escrito a la siguiente dirección: info@fundacionquaes.org .
Correo: info@fundacionquaes.org
Teléfono: (+34) 961 868 736
Oficinas: Avenida Menéndez y Pelayo, 25 bajo Valencia
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